













En ComunidadHF creemos que la participación informada fortalece la confianza. Por eso, elaboramos esta guía clara y actualizada para comprender cómo funcionan las asambleas de condominio en Chile, según la Ley 21.442 y su Reglamento (Decreto 7/2025).
¿Qué son las asambleas de condominio?
Las asambleas son el órgano principal de decisión de la comunidad. En ellas, los copropietarios definen acuerdos sobre la administración, mantención y uso de los bienes comunes. La ley garantiza transparencia, formalidad y participación.
Citación: requisitos y plazos
Toda asamblea debe ser citada con una anticipación mínima de cinco y máxima de quince días corridos. La convocatoria debe indicar fecha, hora, lugar, tipo de asamblea y temas a tratar.
Solo pueden votarse los temas incluidos en la citación. Si la asamblea es virtual o mixta, el reglamento debe asegurar condiciones técnicas adecuadas.
Tipos de asamblea
- Ordinaria: Se realiza al menos una vez al año. Incluye rendición de cuentas, aprobación de presupuestos y elección de administración.
- Extraordinaria de mayoría absoluta: Para decisiones importantes como gastos extraordinarios o modificación del reglamento, remoción de algún miembro del comité
- Extraordinaria de mayoría reforzada: Para cambios estructurales como modificación del reglamento con cambio de uso de un bien común o venta de bienes comunes.
Quórums de constitución y votación
- Ordinaria: 33% para constituirse y mayoría de asistentes para aprobar.
- Extraordinaria absoluta: Mayoría absoluta de derechos (51%).
- Extraordinaria reforzada: Mínimo 66%.
Redacción del acta
Cada asamblea debe registrarse en un acta que incluya fecha, tipo, quórum, acuerdos y resultados. Debe ser firmada y estar disponible para revisión en un máximo de 30 días.
Comunicación de acuerdos
Los acuerdos deben informarse a todos los copropietarios mediante correo, tablón o plataforma digital, en lenguaje claro y destacando obligaciones y próximos pasos.
Representación en las asambleas
Los copropietarios pueden asistir personalmente o representados. En ciertos casos, arrendatarios pueden representar al propietario. Para decisiones de alta relevancia, se requiere poder notarial.
Participación informada y responsable
La Ley 21.442 promueve una participación activa de la comunidad. Informarse, votar y exigir rendición de cuentas fortalece una gestión transparente, eficiente y justa.
En ComunidadHF acompañamos este proceso con gestión profesional y respaldo legal.
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